En el caso de que una pareja decide disolver su sociedad de gananciales, el trámite es muy sencillo. Se realiza en el Registro Mercantil y se hace una escritura pública. Explicamos todo al respecto cuando se disuelve la sociedad de gananciales.

¿Qué es la sociedad de gananciales?

Es una manera de  repartir lo que se gana pareja. El objetivo de esta forma de reparto es asegurarse que, tras la ruptura, no existe un excesivo desequilibrio entre ambos cónyuges y que cada uno tenga una vida digna después del divorcio o separación matrimonial.

La sociedad ganancial consiste básicamente en regularizar el dinero y bienes que los cónyuges tienen como propios a través de documentos jurídicos (como pueden ser escrituras notariales o documentos privados) y así evitar futuros pleitos por herencias o por disputas sobre quién tiene la custodia de los hijos.

¿Cómo se disuelve la sociedad de gananciales?

Esta situación se presenta en cualquier caso donde dos personas deciden vivir juntas y como consecuencia de ese vínculo, unidas por lazos sentimentales, deciden adquirir bienes y con ello un patrimonio en común.

Disolución ipso iure

La disolución ipso iure produce que el régimen de ganancial pase a ser un régimen regulado por la ley, ya que no es posible una disolución forzosa de este régimen. En este caso, se estaría ante una ruptura del matrimonio, lo que implicaría la adopción de otra figura jurídica diferente al matrimonio (por ejemplo, separación judicial).

Disolución a petición de una de las partes

La disolución voluntaria puede solicitarse por uno de los cónyuges en cualquier momento, siempre y cuando no exista conflicto legal entre ellos.

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Liquidación del régimen de gananciales

 

La liquidación del régimen de gananciales o liquidación de ganancias divorcio es la parte de la separación de bienes en la que se determina el valor de los bienes y derechos que componen la sociedad conyugal. Esta liquidación se realiza con el fin de que las partes puedan repartirse los bienes conyugales entre ellas.

 

La liquidación del régimen de gananciales no es una operación privada, sino que está regulada por leyes y tratados internacionales.

Liquidación de gananciales de mutuo acuerdo

La liquidación de gananciales de mutuo acuerdo es un proceso que viene determinado por la voluntad de ambos cónyuges y que tienen que cumplir algunos requisitos. Este tipo de liquidación es muy sencillo y rápido, ya que no necesitan asistencia jurídica para llevarla a cabo.

Esta opción no requiere ninguna documentación o papeleo, puesto que se realiza por unanimidad entre los dos cónyuges. Se trata de un contrato privado entre ellos dos, sin intervención alguna del juez o abogado y sin necesidad de presentar ante el registro civil ninguna documentación alguna.

Liquidación de gananciales contenciosa

Esta liquidación se realiza por un perito, quien tiene la obligación de establecer, en su informe, los bienes y derechos que corresponden a cada uno de los cónyuges. La cantidad que el perito considere como correspondiente al matrimonio se paga en el momento de la liquidación.

Aquí es donde hay que acudir con asesoramiento profesional porque se pueden producir problemas con determinados bienes o cuentas corrientes que no son considerados gananciales y que no entrarán en la liquidación. En estos casos es necesaria una liquidación complementaria para resolver lo que no ha sido contemplado en el primer informe.

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