Los contratos de arrendamiento de vivienda son una de las más comunes formas de arrendamiento legal. Muchos están basados en la duración de la vida del arrendatario, con la posibilidad de subrogar a los herederos del arrendatario, después de su muerte. Aún hoy existen contratos de alquiler de renta antigua que han sido sucesivamente revisados tras la aparición de nuevas estipulaciones. Por ende, muchos familiares de arrendatarios optan por hacer la subrogación de alquiler de renta antigua porque el arrendatario fallece.

¿Qué es un alquiler de renta antigua?

 

Son contratos de alquiler que tienen muchos años de haberse firmado, por lo general, estos contratos se creaban en la década de los 50. Hoy en día se conoce como alquiler de renta antigua a aquellos contratos de renta que fueron firmados antes del año 1985. Dichos contratos se prorrogan al momento que muere el inquilino, sus descendientes e incluso su cónyuge.

¿Cómo se subroga un contrato de alquiler de renta antigua?

 

Para hacer la subrogación del contrato es importante acudir directamente con un abogado. Se trata de un proceso complejo, además hay poca información de cómo hacerlo, esto quiere decir que se pueden cometer muchos errores en el proceso y salir perjudicado. Nuestra mejor recomendación es que consiga un abogado que le pueda ayudar con este proceso y así se evitará todo tipo de problemas y retrasos. Además, debe conocer los derechos de un inquilino de renta antigua para subrogar.

¿Cuándo termina un contrato de alquiler de renta antigua?

rentas

Estos contratos se pueden extinguir al momento que el inquilino fallece. Esto se debe a que estos contratos cuentan con una prórroga forzosa en la que se permitirá al inquilino seguir rentando la propiedad. Pero al no estar el inquilino, lógicamente ya no se le puede seguir rentando el inmueble. Sin embargo, aún es posible que un familiar subrogue (cónyuge, hijos o ascendientes que viviesen con el inquilino); debe avisar al adueño del inmueble la intención de subrogar en un tiempo menor a tres meses desde que ocurrió el fallecimiento del inquilino que actúa en el contrato original.

 

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