Una de las decisiones más difíciles cuando hay que enfrentarse a un divorcio con hijos es la custodia. Por lo general, es uno de los padres, normalmente la madre, quien queda bajo guarda custodia de los menores de edad. Sin embargo, la custodia compartida de los hijos es lo más visto en los últimos años.

Eso sin contar que la opción de custodia compartida es la más recomendada por el tribunal supremo en casos de divorcio o separación. Incluso existe un convenio regulador para estos casos que está regulado por el Código Civil, siendo aplicable cuando ambas partes estén de acuerdo con lo estipulado en este.

A la hora de valorar la custodia compartida has de tener en cuenta hasta el más mínimo detalle como por ejemplo como organizar las vacaciones de los hijos con padres divorciados.

¿Qué es la custodia compartida?

Cuando se habla de ‘’custodia’’ se refiere a la responsabilidad que cumple una persona en la crianza, educación y bienestar en todos los sentidos de los hijos. Por ello, cuando se habla de ‘’Custodia compartida’’ se refiere a los dos progenitores que han decidido compartir la custodia, es decir, todas las responsabilidades de los hijos involucrados con decisiones en igualdad.

Además de ser la forma más sana de terminar una relación con hijos involucrados, la custodia compartida permite que los hijos vean a ambos padres según los periodos convenidos en el proceso de separación. Esto asegura que ambas partes pueden disfrutar del crecimiento y desarrollo de sus hijos.

Este tipo de convenio se puede solicitar por los padres mediante propuesta de convenio regulador o acordado por la pareja en el proceso legal. Asimismo, según el convenido en el juicio de la separación o divorcio se elegirá qué tipo de custodia compartida será la implementada para esa familia.

Diferencias entre patria potestad y guarda custodia

A pesar de estar relacionados la patria potestad y guarda custodia en este proceso legal, no guardan relación en su definición. Por un lado, la patria potestad se refiere a los derechos y obligaciones que tienen ambos padres con sus hijos. En esto entra la representación mientras sean menores de edad, el cuidado, el vestido, alimentación, educación, salud, vivienda, entre otros aspectos.

En caso que una de las partes no cumpla con estos derechos y obligaciones puede ser privado de la patria potestad de sus propios hijos. Incluso es posible perder la autoridad cuando sus acciones pongan en peligro la vida de los menores no emancipados. En ambos casos la decisión será tomada judicialmente.

Por otro lado, la guarda custodia se refiere a la decisión tomada sobre con quién convivirá habitualmente el o los hijos en caso de que los padres se separen o se divorcien. A diferencia de la patria potestad, que es atribuida a ambos padres, la guarda custodia puede ser para ambos o para uno solo. En este último caso el padre que no adquirió la guarda custodia tiene derecho a visitar al niño a lo largo del año.

Tipos de custodia compartida

Según las decisiones tomadas en el proceso de separación, se elegirá un tipo de custodia compartida que beneficie a ambas partes y sea lo más apropiado para los hijos involucrados. Estos son los tipos de custodia compartida que se pueden llevar a cabo:

Custodia compartida según el domicilio

Se refiere a los casos en donde los separados o divorciados poseen su propia vivienda, siendo propio que los hijos sean los que se trasladen de una casa a otra. De esta forma el padre a cargo disfruta de la custodia el tiempo en que los niños se encuentren en su hogar.

Esta es la metodología más practicada en la actualidad. Para ser implementada los hijos deben seguir, en el tiempo de traslado, en el mismo centro de educación y mantener contacto con su círculo de amistad habitual, siempre velando por el bienestar general de los menores de edad.

También existe la custodia compartida coexistente, en donde los padres separados o divorciados aún habitan en el mismo hogar. No suele ser lo más visto, pero sí que es beneficioso para los hijos de la pareja.

Custodia compartida según el tiempo de permanencia

Este tipo de custodia compartida puede ser vista de dos formas:

  1. Periodo de igual permanencia: cuando se establece el tiempo compartido con los menores, de forma que se puedan ver en periodos semanales, mensuales o semestrales según sea convenido. Siempre velando por el interés del menor y su estabilidad.
  2. Periodo de diferente permanencia: cuando uno de los padres posee más tiempo de permanencia con los hijos involucrados. Por lo general este método se aplica cuando una de las partes debe viajar constantemente por trabajo.

Requisitos para solicitar la custodia compartida

Para recurrir a la custodia compartida se requiere una serie de requisitos. Entre estos el solicitante debe ser uno de los progenitores, haber estado casado con el otro progenitor o comprobar que hubo una relación y haber reconocido al o los hijos involucrados. Indiferentemente del caso siempre en interés de los hijos.

Asimismo, es posible que ambos padres soliciten custodia compartida proponiendo convenio regulador al momento que se lleve a cabo la separación o divorcio de mutuo acuerdo. El convenio regulador resulta ser la forma más eficaz para garantizar la custodia compartida de los hijos y darles a los menores de edad la mejor calidad de vida.

Además, es posible que los progenitores lleguen al acuerdo de custodia compartida en el transcurso del proceso de divorcio o separación. En cualquiera de los casos el juez a cargo valorará puntos específicos para tomar la decisión.

Qué criterios toma un juez para la custodia compartida

El juez a cargo de la solicitud será quien considere, con informe favorable por el fiscal, la aprobación de la custodia compartida. Esto siempre y cuando sea lo mejor para el interés de los menores de edad. Los puntos que se tienen en cuenta para la decisión son los siguientes:

  • El informe proporcionado por el Ministerio Fiscal.
  • La opinión que tengan los hijos sobre la situación. Estos deben poseer suficiente juicio.
  • La alegación y pruebas que tenga tanto el padre como la madre de los menores de edad.
  • La relación que hayan tenido los progenitores entre sí y con los hijos involucrados.
  • El informe de un especialista cualificado en caso de que haya sido solicitado de oficio o por las partes.

Aunque el Código Civil utiliza la palabra ‘’extraordinaria’’ en casos de custodia compartida de los hijos, esta medida es considerada normal y lo más adecuada para casos de separación o divorcio. Este criterio se sigue a partir de la Sentencia del Tribunal Supremo del 29 de abril de 2013.