Una incógnita popular en el ámbito legal es si los bancos pueden embargar una cuenta infantil. Dicha duda se encuentra relacionada con la inimputabilidad del menor, ya que el mismo por su inocencia o ignorancia no está en condiciones de ser juzgado.

Aunque con respecto al embargo, los menores sí pueden ser sometidos a ellos. Esto, según lo establecido por la Ley General Tributaria, donde se considera esta figura gracias a que algunos padres usaban las cuentas infantiles con propósitos ilícitos. Por lo que, como medida para evitar esto, la ley planteó un mecanismo donde es posible realizar el embargo pese a la condición del menor.

Cómo funciona un embargo

El embargo es un procedimiento en el cual se toma propiedad de un bien o de un recurso hasta que se solvente una deuda. Para ello el banco debe comunicar al deudor sobre el saldo pendiente y la cuenta en la cual se considera la deuda.

Luego procederá un procedimiento judicial tras el cual se realizará el embargo de la cuenta, ya que ningún banco tiene la autoridad para embargar una cuenta sin el debido procedimiento jurídico y administrativo. La cuenta estará inoperativa durante el tiempo que dure el embargo o hasta que se pague el monto en cuestión. Después volverá a funcionar con total normalidad sin ningún tipo de impedimento.

Cuando se considera si pueden embargar una cuenta infantil es necesario destacar que el imputado no será el menor directamente sino sus tutores según la derivación de la responsabilidad. La cual se encuentra contemplada en el artículo 42.2 de la Ley General Tributaria.

Artículo 42.2 de la Ley General Tributaria

En este artículo se contempla que la culpa y la deuda no solo serán del causante de la falta en sí, sino a su vez de todos los relacionados en la misma. De modo que aquellos que contribuyan en la ocultación de la deuda o participen con el fin de evitar a la administración tributaria serán sancionados en igual medida.

En este artículo se especifica por qué los bancos pueden embargar una cuenta infantil aún cuando el menor no puede ser imputado. En el Articulo 42.2 sección a se estipula que serán sancionados “los que sean causantes de cualquier acción con el fin de evitar el pago a la administración”. Por lo que, aunque se señale al menor en el procedimiento, los imputados serán sus padres por haber ocasionado dicha situación.

se puede embargar cuenta infantil

Legalidad del embargo de una cuenta infantil

Cuando se mantiene una deuda que puede acarrear el embargo del patrimonio, muchos padres realizan una práctica llamada vaciamiento patrimonial. Esta consiste en realizar una donación de sus bienes a algún individuo, que en este caso suelen ser los hijos. El objetivo de dicha práctica es evitar el embargo de los bienes o en algunos casos la deuda en sí.

Cuando esto ocurre con individuos mayores de edad aplica el artículo 42.2 y por participar de la actividad estos son penalizados. Sin embargo, cuando son menores de edad, ha ocasionado múltiples diferencias de opinión de especialistas en ramas afines a este tema.

Aunque según las declaraciones más recientes del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid (TEAR) tras discusiones del asunto con Hacienda, la cuenta puede ser embargada y el menor puede ser acusado de responsabilidad solidaria. Esto, aunque presenta múltiples inconvenientes, fue planteado para evitar que el vacío patrimonial en favor de menores quedase impune.

¿La resolución deja en la vulnerabilidad al infante?

La resolución ha sido criticada por expertos en leyes, ya que durante la infancia el menor no es consciente de lo sucedido en todo momento. Por lo que no puede ser acusado de responsabilidad solidaría cuando no tiene la capacidad para comprender dichos actos. Además supone un enorme riesgo, en el que el niño, al crecer, deba afrontar la deuda de sus padres por un bien que en algunos casos ni si quiera existe.